Especialistas en accidentes laborales y enfermedades profesionales
Si usted ha sido despedido, lo primero que debe hacer es revisar si sus cotizaciones están pagadas, pues de no ser así tal despido es nulo y sólo tendrá un plazo de 6 meses para demandar por aquello. Ya decretada la nulidad por un juez, su empleador deberá pagar todas sus remuneraciones y demás prestaciones, hasta enterar las cotizaciones debidas. Esto es conocido como Ley Bustos.
